Cumplimiento de los partidos políticos nacionales al acceso igualitario en medios
Source: El Universal
Por primera vez las candidatas fueron quienes recibieron más del doble del tiempo que los candidatos: 334,280 impactos contra 164,666.
El 28 de octubre de 2020, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la propuesta de Comisiones Unidas de Igualdad de Género y No Discriminación y de Prerrogativas y Partidos Políticos, por el que se aprobaron los Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género, en donde se estableció que los partidos deberán incorporar disposiciones para garantizar la no discriminación de las mujeres en razón de género en la programación y distribución de los tiempos del Estado en radio y televisión que les correspondan y de las prerrogativas tanto para las precampañas como las campañas electorales, incluidas aquellas ejercidas motivo de alguna coalición.
En tal virtud y en atención a lo mandatado por los Lineamientos que el INE aprobó al respecto, los partidos políticos y las coaliciones debieron implementar las siguientes acciones y medidas:
Garantizar a las mujeres que contiendan, postuladas por un partido político o coalición en las campañas políticas, igualdad de oportunidades en el acceso a prerrogativas, incluyendo el financiamiento público para la obtención del voto y el acceso a los tiempos en radio y televisión.
Haga clic aqui para leer el artículo completo por El Universal el 29 de junio de 2021.
Por primera vez las candidatas fueron quienes recibieron más del doble del tiempo que los candidatos: 334,280 impactos contra 164,666.
El 28 de octubre de 2020, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la propuesta de Comisiones Unidas de Igualdad de Género y No Discriminación y de Prerrogativas y Partidos Políticos, por el que se aprobaron los Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género, en donde se estableció que los partidos deberán incorporar disposiciones para garantizar la no discriminación de las mujeres en razón de género en la programación y distribución de los tiempos del Estado en radio y televisión que les correspondan y de las prerrogativas tanto para las precampañas como las campañas electorales, incluidas aquellas ejercidas motivo de alguna coalición.
En tal virtud y en atención a lo mandatado por los Lineamientos que el INE aprobó al respecto, los partidos políticos y las coaliciones debieron implementar las siguientes acciones y medidas:
Garantizar a las mujeres que contiendan, postuladas por un partido político o coalición en las campañas políticas, igualdad de oportunidades en el acceso a prerrogativas, incluyendo el financiamiento público para la obtención del voto y el acceso a los tiempos en radio y televisión.
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